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El escenario para la empresa Corpesca tras ser perseguida penalmente por la Fiscalía

El Ministerio Público solicitó audiencia para formalizar a la persona jurídica de la empresa del grupo Angelini por el presunto cohecho cometido. 02 de Septiembre de 2016 | 12:38 | Por Andrea González Schmessane, Emol
Con la entrada en vigencia de la Ley 20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho, el escenario de Corpesca se vuelve más complejo en materia judicial.
Lo anterior, porque la Fiscalía tomó la decisión de perseguir penalmente a la empresa del grupo Angelini por el presunto cohecho cometido, en el marco de la investigación por presuntas irregularidades que existirían en el financiamiento de la política.
Ello será comunicado por los fiscales Julio Contardo y Ximena Chong el próximo 3 de octubre en la audiencia programada para formalizar al representante legal de la firma y gerente general, Arturo Natho Gamboa.
En dicha oportunidad, el Ministerio Público le informará que es investigado por los hechos que le cabría a la compañía en supuestos actos de soborno presuntamente cometidos entre diciembre de 2009 y mayo de 2013, ya que de acuerdo a la investigación fiscal, la pesquera habría contactado a legisladores para que estuvieran a disposición de sus ejecutivos y representaran los intereses de la pesquera en el Congreso.
Ello, a cambio de beneficios económicos, infringiendo de esta manera los deberes propios de su cargo, como habría sido el caso del desaforado senador Jaime Orpis, contra quien pesan cargos de fraude al fisco, delitos tributarios y soborno.
En esta línea, por tanto, se indaga la comisión del delito de soborno para obtener un beneficio económico directamente en favor de la persona jurídica.
Para realizar estas imputaciones, la ley establece que debe haberse perseguido penalmente primero a la persona natural implicada en los hechos, lo que se cumple en este caso con la investigación que se lleva en contra del ex gerente general de la empresa, Francisco Mujica, ya formalizado en la causa.
Las sanciones que contempla la Ley de responsabilidad penal de las personas jurídicas, en tanto, van desde multas hasta la disolución de la personalidad jurídica y la prohibición de celebrar contratos con el Estado.
También puede conllevar la pérdida total o parcial de beneficios fiscales, o la prohibición absoluta de recepción de los mismos por un período determinado, además de una multa a beneficio fiscal. El objetivo de la ley, por último, es sancionar a aquellas empresas que por su defectuosa, ineficiente o nula adopción de sistema de prevención de delitos, se involucra o participa en su comisión.

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